Casos de Éxito

Una cuidada selección de sentencias cuya fundamentación jurídica, a nuestro juicio, aporta al desarrollo y comprensión del Derecho.

Caso N° 1

Demanda reivindicatoria rechazada — Derechos de nuestro representado plenamente validados

Duración del juicio

5 años de litigación (2019–2024)

Parte demandante

Empresa transnacional india

Parte representada

Diseñador gráfico, propietario del inmueble

Resultado

Demanda rechazada en su integridad. Derechos plenamente validados.

El proceso se inicia con una acción reivindicatoria deducida por una inmobiliaria, que alegaba dominio sobre un inmueble y solicitaba la restitución de una supuesta porción de terreno ocupada por nuestro representado.

La defensa se estructuró sobre la base de los requisitos copulativos de la acción reivindicatoria, desarrollando una línea argumental orientada a demostrar:

  • Falta de acreditación del dominio efectivo por parte de la demandante.
  • Ausencia de individualización precisa del bien cuya restitución se pretendía.
  • Inexistencia de privación de la posesión en los términos exigidos por la ley.

A partir de una construcción jurídica y probatoria coherente, el tribunal concluyó que no concurrían los presupuestos necesarios para acoger la acción intentada.

Lo que este caso refleja

  • Defensa técnica sustentada en los tres requisitos copulativos de la acción reivindicatoria, logrando que ninguno fuera acreditado por la demandante.
  • Litigación persistente de cinco años que protegió los derechos de dominio de nuestro representado frente a una inmobiliaria.
  • Resultado confirmado íntegramente en todas las instancias, con condena en costas a la parte demandante.

Trámite y Rol de Cada Instancia

1

Demanda presentada

1° Juzgado Civil de Iquique

Rol C-5779-2019 2019

La inmobiliaria deduce acción reivindicatoria solicitando la restitución de una supuesta porción de terreno de nuestro representado.

2

Contestación de nuestro estudio

Defensa técnica y argumental

2019

Se desarrolla defensa técnica fundada en la falta de dominio acreditado, imprecisión del bien y ausencia de privación de la posesión.

3

Sentencia 1ª Instancia

1° Juzgado Civil de Iquique

10 oct. 2023

El tribunal rechaza la demanda en su integridad acogiendo los argumentos de la defensa. Condena en costas a la demandante.

Demanda rechazada
4

Corte de Apelaciones

Corte de Apelaciones de Iquique

14 abr. 2024

La sentencia es confirmada íntegramente. Se desestiman todos los argumentos de la parte recurrente.

Sentencia confirmada

Corte Suprema — Casación

Recurso de casación en la forma

25 abr. 2024

El recurso es rechazado. Se confirma la sentencia y se valida el correcto proceder del tribunal. Condena en costas.

Duración total: 5 años (2019–2024)

Caso N° 2

Responsabilidad civil por lesiones permanentes en accidente de tránsito

Hecho

25 de marzo de 2015

Parte representada

Nuestro representado y su grupo familiar.

Materia

Responsabilidad extracontractual por accidente de tránsito.

El caso se estructuró sobre una base probatoria sólida, integrando prueba pericial, testimonial y médica, permitiendo al tribunal construir una presunción judicial suficiente para establecer la culpa.

La sentencia determinó que la conducción a velocidad no razonable y la falta de atención a las condiciones del tránsito constituyeron infracciones determinantes en la producción del daño, estableciendo responsabilidad extracontractual y la obligación solidaria del propietario del vehículo.

Se acreditaron lesiones de carácter permanente, con impacto físico, estético y psicológico, configurando un daño moral de alta entidad.

Lo que este caso refleja

  • Construcción rigurosa de la responsabilidad civil a partir de prueba concordante y presunciones judiciales.
  • Reconocimiento del daño moral en la víctima directa y en su núcleo familiar como víctimas por repercusión.
  • Litigación sostenida y estratégica que permitió obtener un resultado confirmado por los tribunales superiores.

Trámite y Rol de Cada Instancia

1

Primera Instancia

2° Juzgado Civil de Concepción

Rol C-7687-2016 8 mar. 2018

Se acoge la demanda y se condena solidariamente a los demandados al pago de indemnizaciones por daño moral.

Demanda acogida
2

Corte de Apelaciones

Corte de Apelaciones de Concepción

Rol Civil N° 847-2018 9 nov. 2018

Se rechazan los recursos interpuestos por la parte demandada y se confirma íntegramente la sentencia de primer grado.

Sentencia confirmada
3

Corte Suprema

Recurso de casación en la forma

Rol N° 31.487-2018 18 mar. 2019

Se declara inadmisible el recurso y queda ejecutoriada la decisión de la Corte de Apelaciones, adquiriendo firmeza definitiva.

Recurso inadmisible — Fallo firme

Resultado Final

Sentencia firme y ejecutoriada

Confirmada en todas las instancias judiciales.

Duración total: ~4 años (2015–2019)

Caso N° 3

Protección judicial de persona en situación de vulnerabilidad

Rol de la causa

C-2939-2017 — 2° Juzgado Civil de Talcahuano

Duración del juicio

2017–2018

Parte solicitante

Madre y cuidadora de la persona afectada

Parte representada

Persona en situación de vulnerabilidad con dependencia acreditada (identidad reservada)

Resultado

Interdicción decretada — Curadora definitiva designada — Protección integral otorgada

Se interpone acción destinada a obtener la declaración judicial de incapacidad respecto de una persona con afectación psíquica y física severa, acreditada mediante antecedentes médicos y administrativos, incluyendo certificaciones de discapacidad y dictámenes de invalidez.

El tribunal, previa audiencia personal, constata directamente el estado del afectado y, conforme a la normativa aplicable, acoge la solicitud, otorgando protección jurídica integral.

Detrás de cada gestión hay una historia y una familia que confía. Litigamos con respeto, empatía y compromiso humano.

Lo que este caso refleja

  • Actuación judicial especializada que constató personalmente el estado del afectado, otorgando legitimidad y solidez al proceso.
  • Protección civil integral: interdicción decretada y curadora definitiva designada, asegurando la administración responsable de los bienes.
  • Litigación con propósito humano: defender derechos, dignidad y bienestar de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Trámite y Rol de Cada Etapa

1

Demanda presentada

2° Juzgado Civil de Talcahuano

Rol C-2939-2017 2017

Se solicita la interdicción por demencia, acreditando la condición médica y la necesidad de protección jurídica.

2

Audiencia personal

Constatación directa por el tribunal

2017

El tribunal cita a audiencia especial, escucha a la parte y constata directamente el estado de la persona afectada.

3

Sentencia de primera instancia

2° Juzgado Civil de Talcahuano

25 oct. 2017

El tribunal acoge la demanda, declara la interdicción por demencia y priva al afectado de la administración de sus bienes.

Interdicción decretada
4

Ejecutoria

Designación de curadora definitiva

3 feb. 2018

La resolución queda firme y ejecutoriada, permitiendo la designación y ejercicio de la curaduría definitiva.

Sentencia ejecutoriada

Protección continua

Curaduría definitiva en ejercicio

Desde 2017

Se asegura la administración responsable de los bienes y el resguardo permanente de la persona en su vida diaria.

Protección jurídica integral

Caso N° 4

Resolución estratégica de conflicto en comunidad inmobiliaria

Rol de la causa

C-366-2020 — Juzgado Civil de Pucón

Materia

Designación de Juez Árbitro — Comunidad (Art. 1317 y ss. Código Civil)

Cliente representado

Cliente representado Ruso en Inglés

Parte contraria

Empresaria, copropietaria del inmueble

Resultado

Acuerdo completo aprobado por el tribunal con efectos de sentencia firme y ejecutoriada

Como asesores del mandante, empresario con inversiones en Chile, se activa procedimiento de designación de juez partidor con el objetivo de poner término a la comunidad sobre un inmueble ubicado en la Región de La Araucanía, conforme a los artículos 1317 y siguientes del Código Civil.

A partir de una adecuada estructuración del conflicto y de la posición jurídica del mandante, se conduce el proceso hacia una solución negociada, evitando la prolongación innecesaria del litigio y resguardando sus intereses económicos.

Entendemos que detrás de cada patrimonio hay una historia, una visión y un propósito. Asesoramos con confidencialidad, estrategia y compromiso absoluto con nuestros clientes.

Acuerdo destacado

  • Venta de cuota del inmueble por 1.150 UF más $1.000.000 (total $33.979.263), con pago estructurado en dos cuotas.
  • Cláusula penal del 30% por incumplimiento y cláusula de aceleración de la deuda.
  • Conciliación aprobada judicialmente con efectos de sentencia firme y ejecutoriada, brindando seguridad jurídica definitiva.

Trámite y Rol de Cada Etapa

1

Solicitud

Juzgado Civil de Pucón

Rol C-366-2020

Se interpone demanda de designación de juez partidor para poner término a la comunidad sobre el inmueble en La Araucanía.

2

Comparecencia

Audiencia de designación

Audiencia con asistencia de ambas partes y sus representantes para la designación del juez árbitro partidor.

3

Negociación

Proceso hacia acuerdo mutuo

Se conduce estratégicamente el proceso hacia una solución negociada, resguardando los intereses patrimoniales del mandante.

4

Acuerdo

Conciliación integral entre partes

Las partes arriban a conciliación completa que pone término definitivo al conflicto sobre la comunidad inmobiliaria.

Acuerdo suscrito

Aprobación judicial

Sentencia firme y ejecutoriada

El tribunal aprueba la conciliación, produciendo efectos de sentencia firme y ejecutoriada. Conflicto resuelto.

Seguridad jurídica definitiva

Caso N° 5

Responsabilidad civil por accidente en ruta concesionada — Sentencia favorable

Tribunal

Juzgado de Letras de Puerto Varas

Rol

C-495-2022

Instancia

Primera instancia

Duración del juicio

4 años de litigación (2022–2025)

Resultado

Sentencia favorable — Demanda acogida en su integridad

El accidente ocurrió en horario nocturno en una zona con trabajos y desnivel, donde la señalización era insuficiente y no advertía el riesgo existente.

El tribunal concluyó que la causa basal probable fue la escasa visibilidad nocturna sumada a una señalización deficiente, limitada a conos y sin advertencia específica del desnivel.

Se estableció que la concesionaria incumplió su deber de seguridad, exponiendo a los usuarios a un riesgo evitable.

Una ruta concesionada no solo debe permitir el tránsito: debe ofrecer condiciones de seguridad, visibilidad y prevención del peligro.

Lo que este caso refleja

  • Criterio jurídico obtenido: las rutas concesionadas tienen el deber de garantizar seguridad, visibilidad y prevención del peligro para sus usuarios.
  • Responsabilidad civil acreditada a partir del análisis de la señalización deficiente y la determinación de la causa basal del accidente.
  • Sentencia ejecutoriada sin apelación, consolidando un resultado íntegramente favorable para nuestro representado.

Trámite y Rol en Primera Instancia

1

Demanda presentada

Juzgado de Letras de Puerto Varas

Rol C-495-2022 4 abr. 2022

Se interpone demanda de indemnización de perjuicios por accidente en ruta concesionada, acreditando las deficiencias de señalización.

2

Contestación de la demanda

Defensa de la concesionaria

31 mayo 2022

La demandada niega los hechos y la responsabilidad, objetando la acción y acompañando documentos.

3

Sentencia 1ª instancia

Juzgado de Letras de Puerto Varas

20 ago. 2025

El tribunal acoge la demanda, estableciendo la responsabilidad de la concesionaria por las deficiencias de señalización en la vía.

Demanda acogida
4

No apelada

Sentencia queda firme

La parte demandada no interpuso recurso de apelación, quedando firme la sentencia favorable para nuestro representado.

Sin recursos pendientes

Ejecutoriada

Sentencia firme y ejecutoriada

10 sep. 2025

La sentencia quedó ejecutoriada, poniendo término definitivo al juicio con resultado íntegramente favorable.

Resultado definitivo

Caso N° 6

Leasing automotriz — Defectos técnicos acreditados mediante pericia prejudicial — Resolución anticipada del conflicto

Tribunal

1° Juzgado Civil de Santiago

Rol

C-5372-2023

Instancia

Primera instancia

Duración del proceso

6 meses (2023–2024)

Resultado

Resolución anticipada — Acuerdo integral entre partes en primera instancia

En calidad de arrendatario, nuestro representado enfrentó fallas electrónicas graves en un vehículo nuevo entregado en leasing.

Previo a la interposición de la demanda, se diseñó una estrategia probatoria anticipada mediante la solicitud de una pericia mecánica prejudicial, obligando a la contraparte a exponerse técnicamente.

El informe pericial estableció la existencia de una intervención no autorizada en el sistema eléctrico del vehículo, generando fallas funcionales y riesgos para su operación.

Con la prueba técnica consolidada desde el inicio, la controversia fue resuelta anticipadamente en sede judicial mediante acuerdo entre las partes, abarcando prácticamente la totalidad de los perjuicios reclamados.

La acreditación anticipada de la prueba técnica idónea puede determinar la posición jurídica de las partes y permitir la resolución eficiente del conflicto, evitando litigación innecesaria.

Lo que este caso refleja

  • La pericia prejudicial determinó la posición jurídica desde el inicio, forzando el reconocimiento de los defectos por la contraparte.
  • Resolución anticipada mediante acuerdo entre las partes, evitando litigación completa y reduciendo costos y tiempos.
  • Acuerdo que abarcó prácticamente la totalidad de los perjuicios reclamados, con cada parte pagando sus propias costas.

Estrategia y Desarrollo del Caso

1

Análisis del caso

Estrategia probatoria anticipada

Dic. 2022

Se identifican fallas electrónicas relevantes que afectan la seguridad y funcionalidad del vehículo entregado en leasing.

2

Pericia prejudicial

1° Juzgado Civil de Santiago

Rol C-5372-2023 Mar. 2023

Se solicita al tribunal la práctica de pericia mecánica prejudicial para acreditar los hechos técnicos fundamentales.

3

Pericia mecánica

Informe pericial emitido

Dic. 2024

Informe concluye intervención no autorizada y alteración del sistema eléctrico, generando fallas y riesgos para la seguridad.

Defectos técnicos acreditados
4

Audiencia de conciliación

Reconocimiento de la contraparte

Ene. 2025

Con la prueba técnica irrefutable, la contraparte reconoce los defectos y las partes alcanzan un acuerdo completo y definitivo.

Acuerdo alcanzado

Acuerdo y cierre

Causa finalizada en primera instancia

-

Se logra acuerdo que abarca prácticamente la totalidad de los perjuicios demandados. Causa finalizada en primera instancia.

Resolución anticipada exitosa

Caso N° 11

Neurosis laboral incapacitante por degradación sistemática de funciones — Indemnización contra municipio

RIT de la causa

O-2-2020 — Juzgado de Letras de Quirihue

Parte representada

Profesor de enseñanza básica con más de 25 años de servicio municipal

Parte demandada

Ilustre Municipalidad de Cobquecura

Resultado

Demanda acogida — $21.000.000 daño moral + $108.000 daño emergente — Costas al municipio

Nuestro representado, profesor de enseñanza básica con más de 25 años de vínculo laboral con la Municipalidad de Cobquecura, fue sometido desde 2017 a una degradación sistemática de funciones: de director de escuela rural con excelencia académica y premios SNED, a asistente de sala sin funciones definidas, con reducciones de carga horaria y remuneraciones reiteradas y sin justificación.

En octubre de 2019, la ACHS calificó su patología como enfermedad profesional: Neurosis Laboral Incapacitante por Trastorno Adaptativo (Ley N° 16.744). La Municipalidad apeló la calificación; la ACHS la ratificó.

La defensa acreditó que la culpa del empleador se configuró por el incumplimiento del deber de seguridad del artículo 184 del Código del Trabajo, demostrando que las degradaciones sistemáticas, motivadas políticamente, constituyeron la causa directa de la enfermedad.

El empleador que deteriora sistemáticamente las condiciones laborales de un trabajador, sin medidas de protección ni justificación legítima, responde por la enfermedad profesional que ello genera.

Lo que este caso refleja

  • Defensa exitosa frente a la excepción de prescripción: el tribunal computó el plazo desde el diagnóstico certificado por la ACHS, no desde el inicio de los hechos.
  • Acreditación del incumplimiento del deber de seguridad (art. 184 Código del Trabajo) mediante prueba testimonial concordante y ficha clínica de la ACHS.
  • Sentencia que reconoce $21.000.000 por daño moral y $108.000 por daño emergente, con condena en costas al municipio.

Trámite y Rol de Cada Etapa

1

Calificación ACHS

Asociación Chilena de Seguridad

Nov.–Dic. 2019

La ACHS califica la patología como enfermedad profesional: Neurosis Laboral Incapacitante (Trastorno Adaptativo). La apelación del municipio es rechazada y la calificación queda firme.

Enfermedad profesional certificada
2

Demanda judicial

Juzgado de Letras de Quirihue

RIT O-2-2020 2020

Se interpone demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional contra la Municipalidad de Cobquecura, en procedimiento de aplicación general.

3

Sentencia definitiva

Juzgado de Letras de Quirihue

29 may. 2021

SE ACOGE la demanda. Municipalidad condenada a $21.000.000 por daño moral y $108.000 por daño emergente, más reajustes e intereses. Condenada en costas.

Demanda acogida — $21.108.000
4

Recurso de nulidad

Corte de Apelaciones de Chillán

14 jul. 2021

El recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad es rechazado. La sentencia se mantiene íntegramente.

Nulidad rechazada

Recurso de unificación

Excma. Corte Suprema

16 sep. 2021

La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad. Sentencia favorable definitivamente firme.

$21.108.000 — Condena en costas al municipio

Caso N° 2 — Tutela Laboral · Despido Indirecto

Tutela laboral por vulneración de derechos — Despido indirecto declarado injustificado

Duración del juicio

2 años 2 meses (2017–2019)

Parte demandada

Ilustre Municipalidad de Cobquecura

Materia

Vulneración de garantías constitucionales con ocasión de despido indirecto

Total obtenido

$63.552.981 (prestaciones + daño moral + costas)

Resultado

Demanda acogida en todas sus partes — Derechos plenamente validados

Nuestra representada, kinesióloga y funcionaria del Programa de Integración Escolar (PIE), fue objeto de una serie de actos de hostigamiento y omisiones por parte de su empleador, entre ellos el no pago de la remuneración pactada y el incumplimiento de dictámenes de la Contraloría General de la República.

Ante la vulneración sostenida de sus derechos fundamentales a la integridad síquica, dignidad, igualdad ante la ley y libre ejercicio del trabajo, se vio forzada a autodespedirse, interponiendo demanda de tutela laboral. El tribunal acogió la demanda, declarando injustificado el despido indirecto y ordenando el pago íntegro de las prestaciones adeudadas e indemnizaciones.

Fundamentos del fallo

  • Acreditación de vulneración de derechos fundamentales por actos de hostigamiento y omisiones reiteradas del empleador.
  • Incumplimiento de dictámenes de la Contraloría que ordenaban el pago y regularización de la situación laboral.
  • Afectación grave a la salud de la trabajadora, con diagnóstico de trastorno depresivo reactivo de origen laboral.
  • Aplicación de principios de protección, dignidad del trabajador y continuidad del servicio público.
  • Condena total: prestaciones $7.552.981 · daño moral $55.000.000 · costas $1.000.000 = $63.552.981

Trámite y Rol de Cada Instancia

1

Demanda presentada

Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue

RIT T-12-2017 11 dic. 2017

Se interpone demanda de tutela laboral por vulneración de garantías fundamentales y despido indirecto.

2

Sentencia 1ª instancia

Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue

12 nov. 2018

El tribunal acoge la demanda, declara injustificado el despido indirecto y condena al pago íntegro de prestaciones e indemnizaciones.

Demanda acogida
3

Corte de Apelaciones

Corte de Apelaciones de Chillán

04 feb. 2019

La sentencia de primera instancia es confirmada íntegramente por el tribunal de alzada.

Sentencia confirmada
4

Recurso de nulidad

Excma. Corte Suprema

27 feb. 2019

El recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad es rechazado. La sentencia se mantiene firme.

Recurso rechazado

Recurso de unificación

Excma. Corte Suprema

6 dic. 2021

La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad. Sentencia favorable definitivamente firme.

Duración total: 2 años 2 meses (2017–2021)

Caso N° 3 — Tutela Laboral · Fuero Maternal · Discriminación Política

Tutela laboral acogida — Protección reforzada del fuero maternal y reparación por discriminación política

Duración del juicio

2 años (2017–2019)

Parte demandada

Ilustre Municipalidad de Cobquecura

Materia

Tutela laboral — Discriminación arbitraria por opinión política y protección del fuero maternal

Monto obtenido

$10.000.000 daño moral + diferencias de remuneraciones desde mar. 2017 con reajustes e intereses

Resultado

Tutela acogida — Recurso de nulidad rechazado — Sentencia firme y ejecutoriada

Nuestra representada, trabajadora docente municipal con fuero maternal, fue objeto de un trato discriminatorio por opinión política, intentos de separación ilegal de sus funciones y afectación grave de su integridad psíquica durante el embarazo y el período postnatal.

La defensa acreditó la ilicitud y arbitrariedad de las conductas empleadas por la Municipalidad, demostrando que se vulneraron la integridad física y síquica de la trabajadora y su derecho a no ser discriminada arbitrariamente. El tribunal acogió la acción de tutela, condenando a medidas concretas de reparación y no repetición, resultado que se mantuvo firme tras el rechazo del recurso de nulidad.

Fundamentos del fallo y medidas ordenadas

  • Acreditación de vulneración de la integridad física y síquica de la trabajadora durante el embarazo y período postnatal.
  • Reconocimiento de discriminación arbitraria por opinión política y protección reforzada del fuero maternal.
  • Procedencia de indemnización por daño moral y de medidas de reparación integral.
  • Orden de cese inmediato de conductas discriminatorias y adopción de medidas de no repetición.
  • Curso obligatorio sobre no discriminación laboral y protección a la maternidad — Publicación del extracto de la sentencia por al menos 1 mes.

Trámite y Rol de Cada Instancia

1

Tutela presentada

Juzgado del Trabajo de Quirihue

RIT T-9-2017 2017

Se interpone tutela laboral con relación laboral vigente, demandando cese de la discriminación por opinión política y protección del fuero maternal.

2

Contestación de la demanda

Municipalidad de Cobquecura

2017

La demandada opone improcedencia de la acción y niega la existencia de conductas discriminatorias.

3

Sentencia 1ª instancia

Juzgado del Trabajo de Quirihue

16 oct. 2018

El tribunal acoge la tutela, declara la vulneración de derechos fundamentales, condena a $10.000.000 por daño moral, diferencias de remuneraciones y medidas de reparación y no repetición.

Tutela acogida
4

Recurso de nulidad

Impugnación de la demandada

2019

La Municipalidad interpone recurso de nulidad. El recurso es rechazado, confirmándose íntegramente la sentencia de primera instancia.

Recurso rechazado

Cúmplase

Ejecución de la sentencia

10 jul. 2019

Se dicta cúmplase, quedando firme la sentencia y habilitando su cumplimiento íntegro, incluidas las medidas de reparación y no repetición.

Duración total: 2 años (2017–2019)

Caso N° 4 — Enfermedad Profesional · Indemnización por Daño Moral

Enfermedad profesional acogida — reparación por daño moral confirmada

Duración del juicio

1 año 3 meses (2020–2021)

Parte demandada

Ilustre Municipalidad de Cobquecura

Materia

Indemnización de perjuicios por enfermedad profesional — art. 184 Código del Trabajo

Total obtenido

$8.000.000 ($7.000.000 daño moral + $1.000.000 costas) + reajustes e intereses

Resultado

Demanda acogida — Nulidad rechazada — Recurso de unificación inadmisible ante la Corte Suprema

Nuestra representada dedujo demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional en favor de una profesora municipal, fundada en la afectación sostenida a su integridad psíquica y en un cuadro de hostigamiento laboral que persistió pese a antecedentes judiciales previos entre las mismas partes.

Durante el proceso se acreditó que la trabajadora presentó un cuadro ansioso-depresivo y que la ACHS diagnosticó enfermedad profesional, vinculando la afección a un liderazgo disfuncional y a un entorno laboral hostil. El tribunal acogió parcialmente la demanda y condenó al pago de la indemnización respectiva, reajustes, intereses y costas.

Fundamentos del fallo

  • Aplicación del deber de protección del artículo 184 del Código del Trabajo y reconocimiento de la obligación de seguridad del empleador respecto de la salud psíquica de la trabajadora.
  • Acreditación del daño moral derivado de la afectación emocional y psicológica sufrida, certificada por la ACHS como enfermedad profesional.
  • Rechazo de las excepciones opuestas por la demandada y condena en costas.
  • Sentencia mantenida íntegramente: nulidad rechazada por la CA Chillán y recurso de unificación declarado inadmisible por la Corte Suprema.

Trámite y Rol de Cada Instancia

1

Demanda presentada

Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quirihue

RIT O-10-2020 Sept. 2020

Se interpone acción de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional contra la Municipalidad de Cobquecura.

2

Contestación de la demanda

Municipalidad de Cobquecura

2020

La demandada opone excepciones y solicita el rechazo íntegro de la acción.

3

Sentencia 1ª instancia

Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quirihue

10 ago. 2021

Se condena al pago de $7.000.000 por daño moral, más reajustes, intereses y costas. Demanda acogida parcialmente.

Demanda acogida
4

Corte de Apelaciones

Corte de Apelaciones de Chillán

29 sept. 2021

Recurso de nulidad rechazado. Se mantiene íntegramente la sentencia apelada.

Nulidad rechazada

Corte Suprema

Recurso de unificación — Inadmisible

6 dic. 2021

La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación deducido por la demandada. Sentencia favorable firme.

Duración total: 1 año 3 meses (2020–2021)

Tramitación completa

Gallardo con Hospital Osorno

1

Recurso interpuesto

Corte de Apelaciones de Valdivia

2025

Se deduce recurso de protección invocando el artículo 19 N° 9 CPR, ante la vulneración del derecho a la salud del recurrente por parte del Hospital Osorno.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Valdivia

Nov. 2025

La Corte acoge el recurso y ordena al Hospital Osorno adoptar las medidas necesarias para restablecer el ejercicio del derecho afectado.

Recurso acogido
Apelación — Excma. Corte Suprema
3

Apelación interpuesta

Excma. Corte Suprema

Rol 53.703-2025

La parte recurrida deduce apelación impugnando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Sentencia — Revocada

Excma. Corte Suprema

Dic. 2025

La Excma. Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, dejando sin efecto lo resuelto en primera instancia.

Rol 53.703-2025

Sentencia N° 1 — Corte de Apelaciones de Valdivia

Recurso de protección acogido — Derecho a la salud tutelado

Tribunal

Corte de Apelaciones de Valdivia

Materia

Recurso de Protección — Derecho a la Salud (art. 19 N° 9 CPR)

Partes

Gallardo con Hospital Osorno

Resultado

Recurso acogido — Noviembre 2025

Se interpone recurso de protección en defensa del derecho a la salud garantizado en el artículo 19 N° 9 de la Constitución Política de la República, en contra del Hospital Osorno, por una actuación u omisión que afectó el acceso oportuno a las prestaciones de salud requeridas por el recurrente.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso, ordenando al Hospital adoptar las medidas necesarias para restablecer el ejercicio legítimo del derecho afectado.

Lo que esta sentencia refleja

  • El recurso de protección es una herramienta de tutela constitucional urgente y eficaz ante vulneraciones al derecho a la salud.
  • La Corte de Apelaciones reconoció la afectación al derecho y ordenó su restablecimiento inmediato.
  • Argumentación constitucional rigurosa que logró convencer a la Corte de la ilegalidad o arbitrariedad de la actuación del Hospital.

Sentencia N° 2 — Excma. Corte Suprema

Sentencia de reemplazo — Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones

Tribunal

Excma. Corte Suprema

Rol

53.703-2025

Partes

Gallardo con Hospital Osorno

Resultado

Sentencia revocada — Diciembre 2025

La contraparte dedujo apelación ante la Excma. Corte Suprema impugnando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que había acogido el recurso de protección.

La Excma. Corte Suprema, conociendo de la apelación, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, dejando sin efecto la orden de restablecimiento del derecho dictada en primera instancia.

Lo que esta sentencia refleja

  • La jurisprudencia en materia de protección del derecho a la salud presenta criterios distintos entre las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema.
  • La acción constitucional de protección exige argumentación sólida y precisa en cada instancia, dado que los estándares de revisión varían.
  • El resultado adverso en segunda instancia no niega el mérito de la acción: la Corte de Apelaciones reconoció la vulneración del derecho fundamental.

Tramitación completa

Recurso vs. Isapre Cruz Blanca S.A.

1

Término unilateral de cobertura

Isapre Cruz Blanca S.A.

10 oct. 2018

La Isapre comunica el término del beneficio adicional «+SeguroPlus/CruzBlanca», amenazando la continuidad del tratamiento de la afiliada.

2

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Concepción

08 nov. 2018 Protección 11003-2018

Se deduce recurso de protección invocando el artículo 19 N° 9 CPR, solicitando dejar sin efecto el término unilateral de la cobertura adicional de salud.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Concepción

20 mar. 2019

La Corte acoge el recurso y deja sin efecto el término unilateral del beneficio, ordenando su plena vigencia.

Recurso acogido
Apelación — Excma. Corte Suprema

Sentencia — Íntegramente confirmada

Excma. Corte Suprema

Rol N° 8178-2019 30 abr. 2019

La Excma. Corte Suprema confirma íntegramente la sentencia de la Corte de Apelaciones, asegurando definitivamente la continuidad del tratamiento.

Rol 8178-2019

Confirmado por la Corte Suprema

Recurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema

El recurso que salvó el tratamiento de una enfermedad gravísima

1ª instancia

Corte de Apelaciones de Concepción — Protección 11003-2018

2ª instancia

Excma. Corte Suprema — Rol N° 8178-2019

Materia

Recurso de Protección — Derecho a la Salud (art. 19 N° 9 CPR)

Contraparte

Isapre Cruz Blanca S.A.

Resultado

Acogido en CA Concepción y confirmado íntegramente por la Corte Suprema

Representamos a una afiliada cuyo tratamiento permanente quedó amenazado cuando la Isapre intentó poner término unilateral a una cobertura adicional de salud esencial para costear su atención. Se interpuso recurso de protección, que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Concepción y confirmado íntegramente por la Corte Suprema, manteniéndose plenamente vigente la cobertura.

«Se deja sin efecto la terminación del producto de beneficio adicional denominado "+SeguroPlus/CruzBlanca", el cual se mantiene plenamente vigente.» — Corte Suprema, 20 de marzo de 2019.

Criterio jurídico obtenido

  • La Isapre no puede poner término unilateralmente a un beneficio adicional válido excusándose en la decisión de un tercero.
  • Frente al incumplimiento, es la propia Isapre la responsable del cumplimiento efectivo, especialmente cuando está comprometida la continuidad de prestaciones vinculadas a la salud.
  • El fallo reafirma el control judicial frente a modificaciones unilaterales que ponen en riesgo tratamientos médicos esenciales.

Tramitación completa

Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura

1

Inicio del conflicto

Municipalidad de Cobquecura

2017 — Dic. 2018

Comienza el hostigamiento a la docente. En diciembre de 2018 se comunica término de contrato.

2

Rebaja unilateral de jornada

Acto administrativo arbitrario

Mar. 2019

La Municipalidad rebaja la jornada de 44 a 30 horas semanales sin motivación suficiente, afectando gravemente la esfera patrimonial y las garantías constitucionales de la docente.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Chillán

RIC-260-2019 15 abr. 2019

La Corte acoge el recurso con costas y ordena respetar la jornada de 44 horas semanales, disponiendo el pago de las diferencias de remuneraciones.

Recurso acogido
Apelación — Excma. Corte Suprema

Sentencia — Íntegramente confirmada

Excma. Corte Suprema

Rol N° 11.187-2019 3 jun. 2019

La Excma. Corte Suprema confirma íntegramente la sentencia, ordenando respetar la jornada y pagar las diferencias de remuneración.

Rol 11.187-2019

Confirmado por la Corte Suprema

Recurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema

La sentencia que frenó una rebaja arbitraria y restituyó la dignidad laboral

1ª instancia

Corte de Apelaciones de Chillán — RIC-260-2019

2ª instancia

Excma. Corte Suprema — Rol N° 11.187-2019

Materia

Recurso de Protección — Vulneración de garantías constitucionales

Contraparte

Municipalidad de Cobquecura

Resultado

Jornada restituida a 44 horas y diferencias de remuneración ordenadas

Representamos a una profesora de educación básica que sufrió hostigamiento y una rebaja unilateral de su jornada desde 44 a 30 horas semanales, sin motivación suficiente. La defensa sostuvo que la decisión municipal era arbitraria e ilegal, pues afectaba gravemente su esfera patrimonial y sus garantías constitucionales.

«Se acoge, con costas, el recurso deducido (...) y se dispone que la recurrida debe respetar la jornada de 44 horas semanales (...) debiendo pagarle las diferencias de remuneraciones que corresponda.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 15 de abril de 2019.

Criterio jurídico obtenido

  • La Administración no puede rebajar unilateralmente una jornada que se desempeñaba de manera continua sin expresar razones de hecho y de derecho suficientes.
  • La falta de fundamentación del acto administrativo transforma la decisión en arbitraria e ilegal cuando afecta derechos del trabajador.
  • El recurso de protección es un mecanismo eficaz para frenar actos administrativos que vulneran garantías constitucionales de estabilidad patrimonial.

Tramitación completa

Recurso vs. Municipalidad de Coelemu

1

Acto arbitrario de la Municipalidad

Municipalidad de Coelemu

25 jul. 2018

La Municipalidad envía Ordinario N° 129 exigiendo documentos ya presentados al otorgarse la patente y amenaza con suspender la patente de alcohol Rol N° 400060, vigente desde 1999, sin deudas ni infracciones.

2

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Chillán

Rol N° 1006-2018 Jul.–Ago. 2018

Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 24 (propiedad) y 19 N° 21 (libre ejercicio de actividad económica lícita) de la Constitución.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Chillán

20 sep. 2018

La Corte acoge el recurso, deja sin efecto la suspensión de la patente y ordena a la Municipalidad abstenerse de aplicar sanciones arbitrarias e ilegales.

Recurso acogido

Sentencia firme y ejecutoriada

No apelada por la Municipalidad

La recurrida no apeló. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, restableciendo plenamente el derecho a ejercer la actividad comercial.

Sentencia firme

Recurso de Protección — Acogido · Sentencia firme y ejecutoriada

La sentencia que protegió el derecho al trabajo y la propiedad sobre una patente

Tribunal

Corte de Apelaciones de Chillán — Rol N° 1006-2018

Materia

Recurso de Protección — Arts. 19 N° 24 (propiedad) y N° 21 (actividad económica lícita)

Contraparte

Municipalidad de Coelemu

Resultado

Suspensión dejada sin efecto — Patente restituida — Sentencia firme

La Municipalidad de Coelemu pretendía suspender una patente de alcohol vigente desde 1999 por supuesta falta de documentos ya presentados al otorgarse la autorización, sin que existieran deudas ni infracciones. La Corte reconoció que la medida fue arbitraria e ilegal, vulnerando derechos fundamentales.

«Se acoge el recurso de protección y se deja sin efecto la suspensión de la patente de alcohol, ordenando a la Municipalidad de Coelemu abstenerse de aplicar sanciones arbitrarias e ilegales.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 20 de septiembre de 2018.

Criterio jurídico obtenido

  • El derecho de propiedad sobre una patente obtenida legalmente está plenamente protegido frente a actos administrativos arbitrarios.
  • La exigencia de documentos ya presentados y sin fundamento legal transforma el acto en arbitrario e ilegal, susceptible de protección constitucional.
  • El recurso de protección es una tutela rápida y eficaz para restablecer el ejercicio de la actividad económica cuando el Estado actúa fuera de la ley.

Tramitación completa

Recurso vs. Municipalidad de Bulnes y DAEM

1

Término de contrato y embarazo confirmado

Municipalidad de Bulnes

Dic. 2019 — Ene. 2020

El contrato de reemplazo es terminado el 20 de diciembre de 2019. El embarazo es confirmado médicamente el 02 de enero de 2020 (6 semanas y 1 día). Se notifica por escrito a la Municipalidad y al DAEM los días 03 y 16 de enero de 2020.

2

Silencio institucional — Fuero desconocido

DAEM y Municipalidad

Ene. 2020

La Municipalidad y el DAEM guardan silencio y no reconocen el fuero maternal, vulnerando los derechos constitucionales de la trabajadora embarazada.

3

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Chillán

Rol N° 11-2020

Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 1, 2, 16 y 24 CPR, el Código del Trabajo y la Ley N° 20.545 sobre Protección a la Maternidad.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Chillán

02 mar. 2020

La Corte ordena a la Municipalidad y al DAEM respetar el fuero maternal durante todo el período legal y adoptar todas las medidas para resguardar los derechos de la trabajadora.

Recurso acogido

Sentencia firme y ejecutoriada

No apelada

La recurrida no apeló. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, restableciendo plenamente los derechos vulnerados de la trabajadora embarazada.

Sentencia firme

Recurso de Protección — Acogido · Sentencia firme y ejecutoriada

La justicia que protegió a una profesora embarazada frente al desconocimiento de su fuero maternal

Tribunal

Corte de Apelaciones de Chillán — Rol N° 11-2020

Materia

Recurso de Protección — Fuero Maternal (arts. 19 N° 1, 2, 16 y 24 CPR)

Recurridos

Municipalidad de Bulnes y DAEM

Resultado

Fuero maternal respetado — Derechos restablecidos — Sentencia firme

La Municipalidad de Bulnes dio sin efecto una contrata de reemplazo pese a que la trabajadora ya se encontraba embarazada. La Corte reconoció la vulneración de sus derechos fundamentales y ordenó su resguardo inmediato.

«Se acoge el recurso de protección y se ordena a la I. Municipalidad de Bulnes y al DAEM respetar el fuero maternal que corresponde a la recurrente durante todo el período legal, adoptando todas las medidas necesarias para resguardar sus derechos.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 02 de marzo de 2020.

Criterio jurídico obtenido

  • El fuero maternal protege a toda trabajadora embarazada, incluso con contrato de reemplazo, y obliga al empleador a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la estabilidad laboral y las prestaciones legales.
  • La omisión de la autoridad municipal de reconocer normas legales y jurisprudencia vigente configura un acto arbitrario e ilegal susceptible de protección constitucional.
  • El recurso de protección es la vía idónea para obtener tutela rápida y eficaz frente a actos arbitrarios que comprometen derechos fundamentales de la trabajadora.

Tramitación completa

Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura

1

Término arbitrario del contrato

Municipalidad de Cobquecura

21 dic. 2021

La Municipalidad comunica el término de contrato de reemplazo a la docente, quien se encontraba con licencia médica por enfermedad y contagio de COVID-19.

2

Dictamen de Contraloría — Ignorado

Contraloría General de la República

N° E210309/2022 04 may. 2022

Contraloría emite dictamen ordenando renovar el vínculo y pagar las remuneraciones devengadas. La Municipalidad lo incumple, bloquea los correos y no reintegra a la docente.

3

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Chillán

Rol N° 4.076-2022 25 jul. 2022

Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 2, 16 y 24 CPR, la Ley N° 18.575 y el Dictamen de Contraloría N° E210309/2022.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Chillán

11 nov. 2022

La Corte ordena dejar sin efecto el término de contrata, reintegrar a la docente a sus funciones y pagar las remuneraciones devengadas desde el término hasta su efectiva reincorporación.

Recurso acogido

Recurso de Protección — Acogido por la Corte de Apelaciones de Chillán

La Corte de Apelaciones protegió a docente a la que la Municipalidad intentó dejar sin trabajo pese a estar enferma

Tribunal

Corte de Apelaciones de Chillán — Rol N° 4.076-2022

Materia

Recurso de Protección — Vulneración de garantías constitucionales (arts. 19 N° 2, 16 y 24)

Recurrida

Municipalidad de Cobquecura

Resultado

Docente reintegrada — Remuneraciones devengadas ordenadas

La causa se originó por el término arbitrario de una contrata de reemplazo y el incumplimiento de un dictamen de Contraloría que ordenaba renovar el vínculo y pagar las remuneraciones dejadas de percibir. La Municipalidad ignoró el dictamen, bloqueó los correos de la docente y se negó a reintegrarla.

«Se acoge el recurso de protección y se ordena dejar sin efecto el acto que terminó la contrata, reintegrando a la docente a sus funciones y pagando las remuneraciones devengadas desde la fecha de término hasta su efectiva reincorporación.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 11 de noviembre de 2022.

Criterio jurídico obtenido

  • El incumplimiento del dictamen de Contraloría que ordena renovar el vínculo configura un acto arbitrario e ilegal, susceptible de ser impugnado mediante recurso de protección.
  • La vulneración de garantías constitucionales por trato discriminatorio y privación de remuneraciones activa plenamente la tutela del artículo 20 CPR.
  • El control judicial frente a la omisión de la autoridad municipal restablece el imperio del derecho y la confianza legítima del trabajador.

Tramitación completa

Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura

1

Modificación arbitraria de funciones

Municipalidad de Cobquecura

23–25 oct. 2023

Se imponen verbalmente cinco nuevas funciones a la enfermera, casi triplicando su carga laboral previa, sin resolución fundada ni acto administrativo que justificara la modificación.

2

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Chillán

24 nov. 2023

Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 1, 2 y 24 CPR, el Estatuto Administrativo y la Ley N° 18.575.

Sentencia — Recurso rechazado

Corte de Apelaciones de Chillán

Dic. 2023

La Corte de Apelaciones rechaza el recurso de protección.

Apelación — Excma. Corte Suprema

Corte Suprema — Revoca y acoge

Excma. Corte Suprema

Rol N° 87.399-2023 18 mar. 2025

La Corte Suprema revoca el fallo de alzada y acoge el recurso, ordenando retrotraer la situación contractual a la existente antes de la modificación unilateral de funciones.

Rol 87.399-2023

Victoria en la Corte Suprema

Victoria en la Corte Suprema — CA Chillán rechazó · Corte Suprema revocó y acogió

La Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones y acogió el recurso de protección de una enfermera

Tribunal

Excma. Corte Suprema — Rol N° 87.399-2023

Materia

Recurso de Protección — Vulneración de garantías constitucionales (arts. 19 N° 1, 2 y 24)

Recurrida

Municipalidad de Cobquecura

Resultado

Situación contractual retrotraída — Funciones originales restituidas

La más alta Corte del país protegió los derechos de la enfermera, reconociendo que la modificación unilateral de sus funciones fue arbitraria e ilegal. Se ordenó retrotraer su situación contractual y restituirla a las funciones que desempeñaba, resguardando su integridad, igualdad ante la ley y derecho de propiedad.

«Se revoca el fallo de la Corte de Apelaciones de Chillán y se acoge el recurso de protección, ordenando retrotraer la situación contractual de la recurrente a la existente antes de la modificación unilateral de sus funciones, respetando su integridad, igualdad ante la ley y derecho de propiedad.» — Corte Suprema, 18 de marzo de 2025.

Criterio jurídico obtenido

  • El empleador público no puede modificar unilateralmente las funciones de un trabajador: toda modificación debe estar debidamente formalizada por acto administrativo.
  • El exceso de carga laboral impuesto de forma arbitraria puede afectar la integridad psíquica del trabajador, vulnerando el artículo 19 N° 1 CPR.
  • El recurso de protección, incluso cuando es rechazado en primera instancia, puede ser acogido por la Corte Suprema, que actúa como garante final de los derechos fundamentales.

Tramitación completa

Recurso — Cobertura oncológica amenazada

1

Amenaza a la cobertura de salud

Entidad aseguradora

La entidad aseguradora pone en riesgo el seguro indispensable para costear el tratamiento oncológico de la paciente, amenazando la continuidad terapéutica.

2

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones

Se interpone recurso de protección para proteger la continuidad terapéutica de la paciente, exigiendo mantener plenamente vigente la cobertura oncológica.

Cumplimiento durante la tramitación

Efecto práctico del recurso

Durante la tramitación del recurso, la recurrida terminó cumpliendo con el seguro y mantuvo la cobertura requerida. El tratamiento oncológico quedó protegido.

Cobertura mantenida

Sentencia — Rechazo por pérdida de oportunidad

Corte de Apelaciones

El recurso fue rechazado formalmente porque la recurrida cumplió durante el proceso, tornándolo improcedente por pérdida de oportunidad. Sin embargo, el tratamiento quedó resguardado y el conflicto sustancial fue superado.

Victoria material — Tratamiento protegido

Recurso de Protección — Victoria práctica pese al rechazo formal por pérdida de oportunidad

La acción que resguardó la continuidad del tratamiento oncológico

Tribunal

Corte de Apelaciones

Materia

Recurso de Protección — Derecho a la Salud · Continuidad de cobertura oncológica

Recurrida

Entidad aseguradora — cobertura de salud comprometida

Resultado

Cobertura oncológica mantenida — Tratamiento protegido — Victoria práctica

Se interpuso recurso de protección para evitar la interrupción de una cobertura de salud indispensable para una paciente con cáncer, cuya continuidad terapéutica se encontraba en riesgo. Durante la tramitación, la recurrida finalmente dio cumplimiento al seguro y mantuvo la cobertura, razón por la cual la acción perdió oportunidad práctica.

Sin embargo, el caso fue jurídicamente exitoso: la pretensión protegió el tratamiento y forzó el restablecimiento de la cobertura amenazada.

Criterio jurídico obtenido

  • Cuando la continuidad de un tratamiento de cáncer depende de una cobertura vigente, la reacción judicial oportuna puede forzar a la recurrida a restablecer el beneficio amenazado.
  • El cumplimiento tardío durante el proceso no desvirtúa el mérito de la acción: la finalidad material fue cumplida — el tratamiento quedó resguardado.
  • La decisión de rechazo por pérdida de oportunidad obedeció al cumplimiento sobreviniente de la recurrida, no al fracaso de la tesis jurídica sostenida.

Tramitación completa

Recurso vs. Isapre Nueva Masvida S.A.

1

Rechazo arbitrario de reembolsos

Isapre Nueva Masvida S.A.

26 oct. 2024

La Isapre rechaza los reembolsos de consultas psicológicas exigiendo derivación médica previa, imponiendo una barrera no contemplada en la ley ni en las prestaciones pactadas.

2

Recurso de protección interpuesto

Corte de Apelaciones de Concepción

Protección 14487-2024

Se deduce recurso de protección invocando la Ley N° 21.331, el derecho de elección en salud y el derecho de propiedad sobre las prestaciones pactadas, cuestionando la exigencia de derivación médica como barrera discriminatoria.

Sentencia — Recurso acogido

Corte de Apelaciones de Concepción

La Corte acoge el recurso y ordena a la Isapre otorgar cobertura a las prestaciones de salud mental sin exigir derivación médica previa para el reembolso de consultas psicológicas.

Recurso acogido
Apelación — Excma. Corte Suprema

Sentencia — Íntegramente confirmada

Excma. Corte Suprema

Rol N° 7054-2025 30 abr. 2025

La Corte Suprema confirma íntegramente el criterio: la Isapre no puede condicionar el reembolso de consultas psicológicas a una derivación médica previa ni otorgar en salud mental una cobertura inferior al estándar legal.

Rol 7054-2025

Confirmado por la Corte Suprema

Recurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema

El criterio que protegió la salud mental frente a barreras arbitrarias

1ª instancia

Corte de Apelaciones de Concepción — Protección 14487-2024

2ª instancia

Excma. Corte Suprema — Rol N° 7054-2025

Materia

Recurso de Protección — Salud mental · Ley N° 21.331 · Cobertura de Isapre

Contraparte

Isapre Nueva Masvida S.A.

Resultado

Cobertura de salud mental garantizada — Exigencia de derivación eliminada

Se impugnó la exigencia de una derivación médica como condición para reembolsar atenciones psicológicas. La judicatura estimó que ese requisito era arbitrario, que la salud mental no puede recibir un trato inferior a la salud física, y que las prestaciones psicológicas cubiertas por el sistema público no pueden ser restringidas por el sistema privado mediante obstáculos contractuales injustificados.

«Se acogió el recurso, ordenando a la Isapre otorgar cobertura a las prestaciones de salud mental sin exigir derivación médica previa para el reembolso de consultas psicológicas. La Corte Suprema confirmó íntegramente este criterio.» — Corte de Apelaciones de Concepción, confirmado por Corte Suprema, 30 de abril de 2025.

Criterio jurídico obtenido

  • Las Isapres no pueden otorgar en salud mental prestaciones inferiores a las que reconoce el sistema público, ni supeditar el reembolso de consultas psicológicas a requisitos ajenos a la naturaleza de la prestación.
  • La exigencia de derivación médica previa constituye una restricción arbitraria e incompatible con la protección constitucional del acceso a la salud y con la Ley N° 21.331.
  • Criterio de alto valor confirmado por la Corte Suprema, que fija un límite claro a las aseguradoras privadas frente a trabas contractuales injustificadas.

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