Una cuidada selección de sentencias cuya fundamentación jurídica, a nuestro juicio, aporta al desarrollo y comprensión del Derecho.
Caso destacado — Casación en el Fondo acogida por la Excma. Corte Suprema
La Excma. Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por esta parte, revocando la sentencia que había declarado inadmisible la demanda interpuesta contra el Fisco de Chile, y ordenó que se la tenga por interpuesta.
La Corte estableció que el mandato judicial no termina por la muerte del mandante, conforme a la excepción expresa prevista en el artículo 396 N° 3 del Código Orgánico de Tribunales, manteniéndose la plena habilitación del abogado para actuar en juicio, incluso para interponer demandas.
El fallo se funda en la protección de la continuidad del proceso y del derecho a la tutela judicial efectiva, asegurando que el fallecimiento del representado no frustre el ejercicio legítimo de las acciones ya confiadas a defensa técnica.
Resultado obtenido
Se revocó la resolución que había declarado inadmisible la demanda interpuesta contra el Fisco de Chile, ordenándose su tramitación.
Derecho aplicado y protegido
Este criterio jurisprudencial impide que el fallecimiento del representado frustre el ejercicio legítimo de las acciones judiciales ya confiadas a defensa técnica.
Caso destacado — Casación en la Forma acogida por la Excma. Corte Suprema
La Excma. Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma interpuesto por esta parte, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones que redujo la indemnización de perjuicios, al no expresar fundamentos suficientes que justificaran esa decisión. La sentencia fue declarada nula por infracción del deber de fundamentación establecido en el artículo 170 N° 4 del Código de Procedimiento Civil.
El fallo reafirma que toda decisión judicial debe ser clara, lógica y razonada, permitiendo el control de las partes y garantizando la transparencia y la tutela judicial efectiva, en los términos del artículo 19 N° 3 de la Constitución y de los tratados internacionales de derechos humanos.
Resultado obtenido
Se dictó sentencia de reemplazo que restableció el monto de la indemnización en $50.000.000, reconociendo la entidad real del daño acreditado.
Derecho aplicado y protegido
Mientras la casación en el fondo revisa el contenido jurídico de la decisión, la casación en la forma protege las garantías esenciales del debido proceso.
Caso N° 1
El proceso se inicia con una acción reivindicatoria deducida por una inmobiliaria, que alegaba dominio sobre un inmueble y solicitaba la restitución de una supuesta porción de terreno ocupada por nuestro representado.
La defensa se estructuró sobre la base de los requisitos copulativos de la acción reivindicatoria, desarrollando una línea argumental orientada a demostrar:
A partir de una construcción jurídica y probatoria coherente, el tribunal concluyó que no concurrían los presupuestos necesarios para acoger la acción intentada.
Lo que este caso refleja
Trámite y Rol de Cada Instancia
Demanda presentada
1° Juzgado Civil de Iquique
La inmobiliaria deduce acción reivindicatoria solicitando la restitución de una supuesta porción de terreno de nuestro representado.
Contestación de nuestro estudio
Defensa técnica y argumental
Se desarrolla defensa técnica fundada en la falta de dominio acreditado, imprecisión del bien y ausencia de privación de la posesión.
Sentencia 1ª Instancia
1° Juzgado Civil de Iquique
El tribunal rechaza la demanda en su integridad acogiendo los argumentos de la defensa. Condena en costas a la demandante.
Corte de Apelaciones
Corte de Apelaciones de Iquique
La sentencia es confirmada íntegramente. Se desestiman todos los argumentos de la parte recurrente.
Corte Suprema — Casación
Recurso de casación en la forma
El recurso es rechazado. Se confirma la sentencia y se valida el correcto proceder del tribunal. Condena en costas.
Duración total: 5 años (2019–2024)
Caso N° 2
El caso se estructuró sobre una base probatoria sólida, integrando prueba pericial, testimonial y médica, permitiendo al tribunal construir una presunción judicial suficiente para establecer la culpa.
La sentencia determinó que la conducción a velocidad no razonable y la falta de atención a las condiciones del tránsito constituyeron infracciones determinantes en la producción del daño, estableciendo responsabilidad extracontractual y la obligación solidaria del propietario del vehículo.
Se acreditaron lesiones de carácter permanente, con impacto físico, estético y psicológico, configurando un daño moral de alta entidad.
Lo que este caso refleja
Trámite y Rol de Cada Instancia
Primera Instancia
2° Juzgado Civil de Concepción
Se acoge la demanda y se condena solidariamente a los demandados al pago de indemnizaciones por daño moral.
Corte de Apelaciones
Corte de Apelaciones de Concepción
Se rechazan los recursos interpuestos por la parte demandada y se confirma íntegramente la sentencia de primer grado.
Corte Suprema
Recurso de casación en la forma
Se declara inadmisible el recurso y queda ejecutoriada la decisión de la Corte de Apelaciones, adquiriendo firmeza definitiva.
Resultado Final
Sentencia firme y ejecutoriada
Confirmada en todas las instancias judiciales.
Duración total: ~4 años (2015–2019)
Caso N° 3
Se interpone acción destinada a obtener la declaración judicial de incapacidad respecto de una persona con afectación psíquica y física severa, acreditada mediante antecedentes médicos y administrativos, incluyendo certificaciones de discapacidad y dictámenes de invalidez.
El tribunal, previa audiencia personal, constata directamente el estado del afectado y, conforme a la normativa aplicable, acoge la solicitud, otorgando protección jurídica integral.
Detrás de cada gestión hay una historia y una familia que confía. Litigamos con respeto, empatía y compromiso humano.
Lo que este caso refleja
Trámite y Rol de Cada Etapa
Demanda presentada
2° Juzgado Civil de Talcahuano
Se solicita la interdicción por demencia, acreditando la condición médica y la necesidad de protección jurídica.
Audiencia personal
Constatación directa por el tribunal
El tribunal cita a audiencia especial, escucha a la parte y constata directamente el estado de la persona afectada.
Sentencia de primera instancia
2° Juzgado Civil de Talcahuano
El tribunal acoge la demanda, declara la interdicción por demencia y priva al afectado de la administración de sus bienes.
Ejecutoria
Designación de curadora definitiva
La resolución queda firme y ejecutoriada, permitiendo la designación y ejercicio de la curaduría definitiva.
Protección continua
Curaduría definitiva en ejercicio
Se asegura la administración responsable de los bienes y el resguardo permanente de la persona en su vida diaria.
Protección jurídica integral
Caso N° 4
Como asesores del mandante, empresario con inversiones en Chile, se activa procedimiento de designación de juez partidor con el objetivo de poner término a la comunidad sobre un inmueble ubicado en la Región de La Araucanía, conforme a los artículos 1317 y siguientes del Código Civil.
A partir de una adecuada estructuración del conflicto y de la posición jurídica del mandante, se conduce el proceso hacia una solución negociada, evitando la prolongación innecesaria del litigio y resguardando sus intereses económicos.
Entendemos que detrás de cada patrimonio hay una historia, una visión y un propósito. Asesoramos con confidencialidad, estrategia y compromiso absoluto con nuestros clientes.
Acuerdo destacado
Trámite y Rol de Cada Etapa
Solicitud
Juzgado Civil de Pucón
Se interpone demanda de designación de juez partidor para poner término a la comunidad sobre el inmueble en La Araucanía.
Comparecencia
Audiencia de designación
Audiencia con asistencia de ambas partes y sus representantes para la designación del juez árbitro partidor.
Negociación
Proceso hacia acuerdo mutuo
Se conduce estratégicamente el proceso hacia una solución negociada, resguardando los intereses patrimoniales del mandante.
Acuerdo
Conciliación integral entre partes
Las partes arriban a conciliación completa que pone término definitivo al conflicto sobre la comunidad inmobiliaria.
Aprobación judicial
Sentencia firme y ejecutoriada
El tribunal aprueba la conciliación, produciendo efectos de sentencia firme y ejecutoriada. Conflicto resuelto.
Seguridad jurídica definitiva
Caso N° 5
El accidente ocurrió en horario nocturno en una zona con trabajos y desnivel, donde la señalización era insuficiente y no advertía el riesgo existente.
El tribunal concluyó que la causa basal probable fue la escasa visibilidad nocturna sumada a una señalización deficiente, limitada a conos y sin advertencia específica del desnivel.
Se estableció que la concesionaria incumplió su deber de seguridad, exponiendo a los usuarios a un riesgo evitable.
Una ruta concesionada no solo debe permitir el tránsito: debe ofrecer condiciones de seguridad, visibilidad y prevención del peligro.
Lo que este caso refleja
Trámite y Rol en Primera Instancia
Demanda presentada
Juzgado de Letras de Puerto Varas
Se interpone demanda de indemnización de perjuicios por accidente en ruta concesionada, acreditando las deficiencias de señalización.
Contestación de la demanda
Defensa de la concesionaria
La demandada niega los hechos y la responsabilidad, objetando la acción y acompañando documentos.
Sentencia 1ª instancia
Juzgado de Letras de Puerto Varas
El tribunal acoge la demanda, estableciendo la responsabilidad de la concesionaria por las deficiencias de señalización en la vía.
No apelada
Sentencia queda firme
La parte demandada no interpuso recurso de apelación, quedando firme la sentencia favorable para nuestro representado.
Ejecutoriada
Sentencia firme y ejecutoriada
La sentencia quedó ejecutoriada, poniendo término definitivo al juicio con resultado íntegramente favorable.
Resultado definitivo
Caso N° 6
En calidad de arrendatario, nuestro representado enfrentó fallas electrónicas graves en un vehículo nuevo entregado en leasing.
Previo a la interposición de la demanda, se diseñó una estrategia probatoria anticipada mediante la solicitud de una pericia mecánica prejudicial, obligando a la contraparte a exponerse técnicamente.
El informe pericial estableció la existencia de una intervención no autorizada en el sistema eléctrico del vehículo, generando fallas funcionales y riesgos para su operación.
Con la prueba técnica consolidada desde el inicio, la controversia fue resuelta anticipadamente en sede judicial mediante acuerdo entre las partes, abarcando prácticamente la totalidad de los perjuicios reclamados.
La acreditación anticipada de la prueba técnica idónea puede determinar la posición jurídica de las partes y permitir la resolución eficiente del conflicto, evitando litigación innecesaria.
Lo que este caso refleja
Estrategia y Desarrollo del Caso
Análisis del caso
Estrategia probatoria anticipada
Se identifican fallas electrónicas relevantes que afectan la seguridad y funcionalidad del vehículo entregado en leasing.
Pericia prejudicial
1° Juzgado Civil de Santiago
Se solicita al tribunal la práctica de pericia mecánica prejudicial para acreditar los hechos técnicos fundamentales.
Pericia mecánica
Informe pericial emitido
Informe concluye intervención no autorizada y alteración del sistema eléctrico, generando fallas y riesgos para la seguridad.
Audiencia de conciliación
Reconocimiento de la contraparte
Con la prueba técnica irrefutable, la contraparte reconoce los defectos y las partes alcanzan un acuerdo completo y definitivo.
Acuerdo y cierre
Causa finalizada en primera instancia
Se logra acuerdo que abarca prácticamente la totalidad de los perjuicios demandados. Causa finalizada en primera instancia.
Resolución anticipada exitosa
Caso N° 11
Nuestro representado, profesor de enseñanza básica con más de 25 años de vínculo laboral con la Municipalidad de Cobquecura, fue sometido desde 2017 a una degradación sistemática de funciones: de director de escuela rural con excelencia académica y premios SNED, a asistente de sala sin funciones definidas, con reducciones de carga horaria y remuneraciones reiteradas y sin justificación.
En octubre de 2019, la ACHS calificó su patología como enfermedad profesional: Neurosis Laboral Incapacitante por Trastorno Adaptativo (Ley N° 16.744). La Municipalidad apeló la calificación; la ACHS la ratificó.
La defensa acreditó que la culpa del empleador se configuró por el incumplimiento del deber de seguridad del artículo 184 del Código del Trabajo, demostrando que las degradaciones sistemáticas, motivadas políticamente, constituyeron la causa directa de la enfermedad.
El empleador que deteriora sistemáticamente las condiciones laborales de un trabajador, sin medidas de protección ni justificación legítima, responde por la enfermedad profesional que ello genera.
Lo que este caso refleja
Trámite y Rol de Cada Etapa
Calificación ACHS
Asociación Chilena de Seguridad
La ACHS califica la patología como enfermedad profesional: Neurosis Laboral Incapacitante (Trastorno Adaptativo). La apelación del municipio es rechazada y la calificación queda firme.
Demanda judicial
Juzgado de Letras de Quirihue
Se interpone demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional contra la Municipalidad de Cobquecura, en procedimiento de aplicación general.
Sentencia definitiva
Juzgado de Letras de Quirihue
SE ACOGE la demanda. Municipalidad condenada a $21.000.000 por daño moral y $108.000 por daño emergente, más reajustes e intereses. Condenada en costas.
Recurso de nulidad
Corte de Apelaciones de Chillán
El recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad es rechazado. La sentencia se mantiene íntegramente.
Recurso de unificación
Excma. Corte Suprema
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad. Sentencia favorable definitivamente firme.
$21.108.000 — Condena en costas al municipio
Caso N° 2 — Tutela Laboral · Despido Indirecto
Nuestra representada, kinesióloga y funcionaria del Programa de Integración Escolar (PIE), fue objeto de una serie de actos de hostigamiento y omisiones por parte de su empleador, entre ellos el no pago de la remuneración pactada y el incumplimiento de dictámenes de la Contraloría General de la República.
Ante la vulneración sostenida de sus derechos fundamentales a la integridad síquica, dignidad, igualdad ante la ley y libre ejercicio del trabajo, se vio forzada a autodespedirse, interponiendo demanda de tutela laboral. El tribunal acogió la demanda, declarando injustificado el despido indirecto y ordenando el pago íntegro de las prestaciones adeudadas e indemnizaciones.
Fundamentos del fallo
Trámite y Rol de Cada Instancia
Demanda presentada
Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue
Se interpone demanda de tutela laboral por vulneración de garantías fundamentales y despido indirecto.
Sentencia 1ª instancia
Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue
El tribunal acoge la demanda, declara injustificado el despido indirecto y condena al pago íntegro de prestaciones e indemnizaciones.
Corte de Apelaciones
Corte de Apelaciones de Chillán
La sentencia de primera instancia es confirmada íntegramente por el tribunal de alzada.
Recurso de nulidad
Excma. Corte Suprema
El recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad es rechazado. La sentencia se mantiene firme.
Recurso de unificación
Excma. Corte Suprema
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad. Sentencia favorable definitivamente firme.
Duración total: 2 años 2 meses (2017–2021)
Caso N° 3 — Tutela Laboral · Fuero Maternal · Discriminación Política
Nuestra representada, trabajadora docente municipal con fuero maternal, fue objeto de un trato discriminatorio por opinión política, intentos de separación ilegal de sus funciones y afectación grave de su integridad psíquica durante el embarazo y el período postnatal.
La defensa acreditó la ilicitud y arbitrariedad de las conductas empleadas por la Municipalidad, demostrando que se vulneraron la integridad física y síquica de la trabajadora y su derecho a no ser discriminada arbitrariamente. El tribunal acogió la acción de tutela, condenando a medidas concretas de reparación y no repetición, resultado que se mantuvo firme tras el rechazo del recurso de nulidad.
Fundamentos del fallo y medidas ordenadas
Trámite y Rol de Cada Instancia
Tutela presentada
Juzgado del Trabajo de Quirihue
Se interpone tutela laboral con relación laboral vigente, demandando cese de la discriminación por opinión política y protección del fuero maternal.
Contestación de la demanda
Municipalidad de Cobquecura
La demandada opone improcedencia de la acción y niega la existencia de conductas discriminatorias.
Sentencia 1ª instancia
Juzgado del Trabajo de Quirihue
El tribunal acoge la tutela, declara la vulneración de derechos fundamentales, condena a $10.000.000 por daño moral, diferencias de remuneraciones y medidas de reparación y no repetición.
Recurso de nulidad
Impugnación de la demandada
La Municipalidad interpone recurso de nulidad. El recurso es rechazado, confirmándose íntegramente la sentencia de primera instancia.
Cúmplase
Ejecución de la sentencia
Se dicta cúmplase, quedando firme la sentencia y habilitando su cumplimiento íntegro, incluidas las medidas de reparación y no repetición.
Duración total: 2 años (2017–2019)
Caso N° 4 — Enfermedad Profesional · Indemnización por Daño Moral
Nuestra representada dedujo demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional en favor de una profesora municipal, fundada en la afectación sostenida a su integridad psíquica y en un cuadro de hostigamiento laboral que persistió pese a antecedentes judiciales previos entre las mismas partes.
Durante el proceso se acreditó que la trabajadora presentó un cuadro ansioso-depresivo y que la ACHS diagnosticó enfermedad profesional, vinculando la afección a un liderazgo disfuncional y a un entorno laboral hostil. El tribunal acogió parcialmente la demanda y condenó al pago de la indemnización respectiva, reajustes, intereses y costas.
Fundamentos del fallo
Trámite y Rol de Cada Instancia
Demanda presentada
Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quirihue
Se interpone acción de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional contra la Municipalidad de Cobquecura.
Contestación de la demanda
Municipalidad de Cobquecura
La demandada opone excepciones y solicita el rechazo íntegro de la acción.
Sentencia 1ª instancia
Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quirihue
Se condena al pago de $7.000.000 por daño moral, más reajustes, intereses y costas. Demanda acogida parcialmente.
Corte de Apelaciones
Corte de Apelaciones de Chillán
Recurso de nulidad rechazado. Se mantiene íntegramente la sentencia apelada.
Corte Suprema
Recurso de unificación — Inadmisible
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación deducido por la demandada. Sentencia favorable firme.
Duración total: 1 año 3 meses (2020–2021)
Tramitación completa
Gallardo con Hospital Osorno
Recurso interpuesto
Corte de Apelaciones de Valdivia
2025Se deduce recurso de protección invocando el artículo 19 N° 9 CPR, ante la vulneración del derecho a la salud del recurrente por parte del Hospital Osorno.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Valdivia
Nov. 2025La Corte acoge el recurso y ordena al Hospital Osorno adoptar las medidas necesarias para restablecer el ejercicio del derecho afectado.
Recurso acogidoApelación interpuesta
Excma. Corte Suprema
Rol 53.703-2025La parte recurrida deduce apelación impugnando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Sentencia — Revocada
Excma. Corte Suprema
Dic. 2025La Excma. Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, dejando sin efecto lo resuelto en primera instancia.
Rol 53.703-2025
Sentencia N° 1 — Corte de Apelaciones de Valdivia
Se interpone recurso de protección en defensa del derecho a la salud garantizado en el artículo 19 N° 9 de la Constitución Política de la República, en contra del Hospital Osorno, por una actuación u omisión que afectó el acceso oportuno a las prestaciones de salud requeridas por el recurrente.
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso, ordenando al Hospital adoptar las medidas necesarias para restablecer el ejercicio legítimo del derecho afectado.
Lo que esta sentencia refleja
Sentencia N° 2 — Excma. Corte Suprema
La contraparte dedujo apelación ante la Excma. Corte Suprema impugnando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que había acogido el recurso de protección.
La Excma. Corte Suprema, conociendo de la apelación, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, dejando sin efecto la orden de restablecimiento del derecho dictada en primera instancia.
Lo que esta sentencia refleja
Tramitación completa
Recurso vs. Isapre Cruz Blanca S.A.
Término unilateral de cobertura
Isapre Cruz Blanca S.A.
10 oct. 2018La Isapre comunica el término del beneficio adicional «+SeguroPlus/CruzBlanca», amenazando la continuidad del tratamiento de la afiliada.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Concepción
08 nov. 2018 Protección 11003-2018Se deduce recurso de protección invocando el artículo 19 N° 9 CPR, solicitando dejar sin efecto el término unilateral de la cobertura adicional de salud.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Concepción
20 mar. 2019La Corte acoge el recurso y deja sin efecto el término unilateral del beneficio, ordenando su plena vigencia.
Recurso acogidoSentencia — Íntegramente confirmada
Excma. Corte Suprema
Rol N° 8178-2019 30 abr. 2019La Excma. Corte Suprema confirma íntegramente la sentencia de la Corte de Apelaciones, asegurando definitivamente la continuidad del tratamiento.
Rol 8178-2019
Confirmado por la Corte SupremaRecurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema
Representamos a una afiliada cuyo tratamiento permanente quedó amenazado cuando la Isapre intentó poner término unilateral a una cobertura adicional de salud esencial para costear su atención. Se interpuso recurso de protección, que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Concepción y confirmado íntegramente por la Corte Suprema, manteniéndose plenamente vigente la cobertura.
«Se deja sin efecto la terminación del producto de beneficio adicional denominado "+SeguroPlus/CruzBlanca", el cual se mantiene plenamente vigente.» — Corte Suprema, 20 de marzo de 2019.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura
Inicio del conflicto
Municipalidad de Cobquecura
2017 — Dic. 2018Comienza el hostigamiento a la docente. En diciembre de 2018 se comunica término de contrato.
Rebaja unilateral de jornada
Acto administrativo arbitrario
Mar. 2019La Municipalidad rebaja la jornada de 44 a 30 horas semanales sin motivación suficiente, afectando gravemente la esfera patrimonial y las garantías constitucionales de la docente.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Chillán
RIC-260-2019 15 abr. 2019La Corte acoge el recurso con costas y ordena respetar la jornada de 44 horas semanales, disponiendo el pago de las diferencias de remuneraciones.
Recurso acogidoSentencia — Íntegramente confirmada
Excma. Corte Suprema
Rol N° 11.187-2019 3 jun. 2019La Excma. Corte Suprema confirma íntegramente la sentencia, ordenando respetar la jornada y pagar las diferencias de remuneración.
Rol 11.187-2019
Confirmado por la Corte SupremaRecurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema
Representamos a una profesora de educación básica que sufrió hostigamiento y una rebaja unilateral de su jornada desde 44 a 30 horas semanales, sin motivación suficiente. La defensa sostuvo que la decisión municipal era arbitraria e ilegal, pues afectaba gravemente su esfera patrimonial y sus garantías constitucionales.
«Se acoge, con costas, el recurso deducido (...) y se dispone que la recurrida debe respetar la jornada de 44 horas semanales (...) debiendo pagarle las diferencias de remuneraciones que corresponda.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 15 de abril de 2019.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Municipalidad de Coelemu
Acto arbitrario de la Municipalidad
Municipalidad de Coelemu
25 jul. 2018La Municipalidad envía Ordinario N° 129 exigiendo documentos ya presentados al otorgarse la patente y amenaza con suspender la patente de alcohol Rol N° 400060, vigente desde 1999, sin deudas ni infracciones.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Chillán
Rol N° 1006-2018 Jul.–Ago. 2018Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 24 (propiedad) y 19 N° 21 (libre ejercicio de actividad económica lícita) de la Constitución.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Chillán
20 sep. 2018La Corte acoge el recurso, deja sin efecto la suspensión de la patente y ordena a la Municipalidad abstenerse de aplicar sanciones arbitrarias e ilegales.
Recurso acogidoSentencia firme y ejecutoriada
No apelada por la Municipalidad
La recurrida no apeló. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, restableciendo plenamente el derecho a ejercer la actividad comercial.
Sentencia firmeRecurso de Protección — Acogido · Sentencia firme y ejecutoriada
La Municipalidad de Coelemu pretendía suspender una patente de alcohol vigente desde 1999 por supuesta falta de documentos ya presentados al otorgarse la autorización, sin que existieran deudas ni infracciones. La Corte reconoció que la medida fue arbitraria e ilegal, vulnerando derechos fundamentales.
«Se acoge el recurso de protección y se deja sin efecto la suspensión de la patente de alcohol, ordenando a la Municipalidad de Coelemu abstenerse de aplicar sanciones arbitrarias e ilegales.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 20 de septiembre de 2018.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Municipalidad de Bulnes y DAEM
Término de contrato y embarazo confirmado
Municipalidad de Bulnes
Dic. 2019 — Ene. 2020El contrato de reemplazo es terminado el 20 de diciembre de 2019. El embarazo es confirmado médicamente el 02 de enero de 2020 (6 semanas y 1 día). Se notifica por escrito a la Municipalidad y al DAEM los días 03 y 16 de enero de 2020.
Silencio institucional — Fuero desconocido
DAEM y Municipalidad
Ene. 2020La Municipalidad y el DAEM guardan silencio y no reconocen el fuero maternal, vulnerando los derechos constitucionales de la trabajadora embarazada.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Chillán
Rol N° 11-2020Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 1, 2, 16 y 24 CPR, el Código del Trabajo y la Ley N° 20.545 sobre Protección a la Maternidad.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Chillán
02 mar. 2020La Corte ordena a la Municipalidad y al DAEM respetar el fuero maternal durante todo el período legal y adoptar todas las medidas para resguardar los derechos de la trabajadora.
Recurso acogidoSentencia firme y ejecutoriada
No apelada
La recurrida no apeló. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, restableciendo plenamente los derechos vulnerados de la trabajadora embarazada.
Sentencia firmeRecurso de Protección — Acogido · Sentencia firme y ejecutoriada
La Municipalidad de Bulnes dio sin efecto una contrata de reemplazo pese a que la trabajadora ya se encontraba embarazada. La Corte reconoció la vulneración de sus derechos fundamentales y ordenó su resguardo inmediato.
«Se acoge el recurso de protección y se ordena a la I. Municipalidad de Bulnes y al DAEM respetar el fuero maternal que corresponde a la recurrente durante todo el período legal, adoptando todas las medidas necesarias para resguardar sus derechos.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 02 de marzo de 2020.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura
Término arbitrario del contrato
Municipalidad de Cobquecura
21 dic. 2021La Municipalidad comunica el término de contrato de reemplazo a la docente, quien se encontraba con licencia médica por enfermedad y contagio de COVID-19.
Dictamen de Contraloría — Ignorado
Contraloría General de la República
N° E210309/2022 04 may. 2022Contraloría emite dictamen ordenando renovar el vínculo y pagar las remuneraciones devengadas. La Municipalidad lo incumple, bloquea los correos y no reintegra a la docente.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Chillán
Rol N° 4.076-2022 25 jul. 2022Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 2, 16 y 24 CPR, la Ley N° 18.575 y el Dictamen de Contraloría N° E210309/2022.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Chillán
11 nov. 2022La Corte ordena dejar sin efecto el término de contrata, reintegrar a la docente a sus funciones y pagar las remuneraciones devengadas desde el término hasta su efectiva reincorporación.
Recurso acogidoRecurso de Protección — Acogido por la Corte de Apelaciones de Chillán
La causa se originó por el término arbitrario de una contrata de reemplazo y el incumplimiento de un dictamen de Contraloría que ordenaba renovar el vínculo y pagar las remuneraciones dejadas de percibir. La Municipalidad ignoró el dictamen, bloqueó los correos de la docente y se negó a reintegrarla.
«Se acoge el recurso de protección y se ordena dejar sin efecto el acto que terminó la contrata, reintegrando a la docente a sus funciones y pagando las remuneraciones devengadas desde la fecha de término hasta su efectiva reincorporación.» — Corte de Apelaciones de Chillán, 11 de noviembre de 2022.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Municipalidad de Cobquecura
Modificación arbitraria de funciones
Municipalidad de Cobquecura
23–25 oct. 2023Se imponen verbalmente cinco nuevas funciones a la enfermera, casi triplicando su carga laboral previa, sin resolución fundada ni acto administrativo que justificara la modificación.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Chillán
24 nov. 2023Se deduce recurso de protección invocando los artículos 19 N° 1, 2 y 24 CPR, el Estatuto Administrativo y la Ley N° 18.575.
Sentencia — Recurso rechazado
Corte de Apelaciones de Chillán
Dic. 2023La Corte de Apelaciones rechaza el recurso de protección.
Corte Suprema — Revoca y acoge
Excma. Corte Suprema
Rol N° 87.399-2023 18 mar. 2025La Corte Suprema revoca el fallo de alzada y acoge el recurso, ordenando retrotraer la situación contractual a la existente antes de la modificación unilateral de funciones.
Rol 87.399-2023
Victoria en la Corte SupremaVictoria en la Corte Suprema — CA Chillán rechazó · Corte Suprema revocó y acogió
La más alta Corte del país protegió los derechos de la enfermera, reconociendo que la modificación unilateral de sus funciones fue arbitraria e ilegal. Se ordenó retrotraer su situación contractual y restituirla a las funciones que desempeñaba, resguardando su integridad, igualdad ante la ley y derecho de propiedad.
«Se revoca el fallo de la Corte de Apelaciones de Chillán y se acoge el recurso de protección, ordenando retrotraer la situación contractual de la recurrente a la existente antes de la modificación unilateral de sus funciones, respetando su integridad, igualdad ante la ley y derecho de propiedad.» — Corte Suprema, 18 de marzo de 2025.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso — Cobertura oncológica amenazada
Amenaza a la cobertura de salud
Entidad aseguradora
La entidad aseguradora pone en riesgo el seguro indispensable para costear el tratamiento oncológico de la paciente, amenazando la continuidad terapéutica.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones
Se interpone recurso de protección para proteger la continuidad terapéutica de la paciente, exigiendo mantener plenamente vigente la cobertura oncológica.
Cumplimiento durante la tramitación
Efecto práctico del recurso
Durante la tramitación del recurso, la recurrida terminó cumpliendo con el seguro y mantuvo la cobertura requerida. El tratamiento oncológico quedó protegido.
Cobertura mantenidaSentencia — Rechazo por pérdida de oportunidad
Corte de Apelaciones
El recurso fue rechazado formalmente porque la recurrida cumplió durante el proceso, tornándolo improcedente por pérdida de oportunidad. Sin embargo, el tratamiento quedó resguardado y el conflicto sustancial fue superado.
Victoria material — Tratamiento protegidoRecurso de Protección — Victoria práctica pese al rechazo formal por pérdida de oportunidad
Se interpuso recurso de protección para evitar la interrupción de una cobertura de salud indispensable para una paciente con cáncer, cuya continuidad terapéutica se encontraba en riesgo. Durante la tramitación, la recurrida finalmente dio cumplimiento al seguro y mantuvo la cobertura, razón por la cual la acción perdió oportunidad práctica.
Sin embargo, el caso fue jurídicamente exitoso: la pretensión protegió el tratamiento y forzó el restablecimiento de la cobertura amenazada.
Criterio jurídico obtenido
Tramitación completa
Recurso vs. Isapre Nueva Masvida S.A.
Rechazo arbitrario de reembolsos
Isapre Nueva Masvida S.A.
26 oct. 2024La Isapre rechaza los reembolsos de consultas psicológicas exigiendo derivación médica previa, imponiendo una barrera no contemplada en la ley ni en las prestaciones pactadas.
Recurso de protección interpuesto
Corte de Apelaciones de Concepción
Protección 14487-2024Se deduce recurso de protección invocando la Ley N° 21.331, el derecho de elección en salud y el derecho de propiedad sobre las prestaciones pactadas, cuestionando la exigencia de derivación médica como barrera discriminatoria.
Sentencia — Recurso acogido
Corte de Apelaciones de Concepción
La Corte acoge el recurso y ordena a la Isapre otorgar cobertura a las prestaciones de salud mental sin exigir derivación médica previa para el reembolso de consultas psicológicas.
Recurso acogidoSentencia — Íntegramente confirmada
Excma. Corte Suprema
Rol N° 7054-2025 30 abr. 2025La Corte Suprema confirma íntegramente el criterio: la Isapre no puede condicionar el reembolso de consultas psicológicas a una derivación médica previa ni otorgar en salud mental una cobertura inferior al estándar legal.
Rol 7054-2025
Confirmado por la Corte SupremaRecurso de Protección — Acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema
Se impugnó la exigencia de una derivación médica como condición para reembolsar atenciones psicológicas. La judicatura estimó que ese requisito era arbitrario, que la salud mental no puede recibir un trato inferior a la salud física, y que las prestaciones psicológicas cubiertas por el sistema público no pueden ser restringidas por el sistema privado mediante obstáculos contractuales injustificados.
«Se acogió el recurso, ordenando a la Isapre otorgar cobertura a las prestaciones de salud mental sin exigir derivación médica previa para el reembolso de consultas psicológicas. La Corte Suprema confirmó íntegramente este criterio.» — Corte de Apelaciones de Concepción, confirmado por Corte Suprema, 30 de abril de 2025.
Criterio jurídico obtenido
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