Inmuebles, Particiones y Herencias

    En Amigo prestamos servicios especializados en materia de Inmuebles en todas las materias jurídicas que le son aplicables, tales como la asistencia en la confección y revisión de contratos de compraventa y promesas de compraventa, constitución de derechos reales sobre los mismos (usufructo, uso o habitación) y en el estudio y/o regularización de títulos, como también la asesoría especializada en cuestiones judiciales o voluntarias que digan relación con bienes raíces (acciones de reivindicación de terrenos, acciones de precario o restitución de inmuebles por no pago de rentas, a modo de ejemplo).

    En relación con las Particiones, se trata de una actuación obligatoria que deben realizar los herederos de quien fallece para distribuir entre ellos las cuotas o derechos que le correspondan en los bienes de una sucesión o respecto de un bien singular que reciben en herencia. Dicho proceso particional está entregado por ley al conocimiento de un juez árbitro y no puede ser conocido por un tribunal civil, permitiéndoles por su parte a los comuneros o interesados solucionar su conflicto de común acuerdo o a través de un proceso de partición. En el segundo caso, este proceso está compuesto por una instancia previa de designación de juez partidor, y en segundo lugar por el procedimiento propiamente tal.

    En materia de Herencias, Amigo presta asesoría a los familiares desde que se produce el lamentable fallecimiento de un ser querido. Aquello se iniciará con la gestión de la posesión efectiva respectiva (haya existido o no un testamento), la celebración de contratos civiles relacionados con el evento muerte de la persona y la representación de personas naturales o jurídicas extranjeras que tengan un interés legítimo en bienes existentes en Chile a propósito de la apertura de una sucesión.

     En todas las materias señaladas anteriormente, nuestro estudio cuenta con más de una década de experiencia en ello, desempeñándose nuestro abogado jefe don Francisco Javier Amigo Cartagena como Juez Árbitro titular en sede civil de la Jurisdicción de la Corte de Apelaciones durante 5 bienio consecutivos a la fecha como también ejerciendo el cargo de Juez Árbitro titular de primera instancia para todo Chile en la Ley N° 19.281, que “Establece Normas sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa”.

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